Colaboración: Un anacronismo muy costoso

Comisión de Laicidad de CCBM

Otra “perla” de la comisión de Laicidad de Cristianas y cristianos de Base de Madrid

Uno de los asuntos más gravosos del actual confesionalismo católico, tan oscuro de nuestro país, es el de la asignatura de religión en el Sistema Educativo. No sólo por el montante de las nóminas de los 18.000 profesores de religión existentes, sino por todas las secuelas derivadas de un régimen laboral incompatible con un Estado democrático.

De todos es conocido el caso de Resurrección Galera, que fue despedida en su día del colegio donde daba Religión, por casarse civilmente con un divorciado y que vivió un larguísimo camino de juzgado en juzgado hasta conseguir el amparo del Tribunal Constitucional, quien reconoció sus derechos a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, haciendo compatible la libertad religiosa con el derecho a contraer matrimonio y a la intimidad personal y familiar.

Antes había sufrido la condena de diversas sentencias que avalaban el despido practicado por el Obispado de Almería y que elevaron el caso hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Pero la Sala de lo Social del dicho TSJA desestimó el recurso del Obispado de Almería y confirmó la sentencia favorable a la profesora de Religión, obligando al Ministerio de Educación a readmitirla y a abonarle los salarios que había dejado de percibir durante los once años que transcurrieron desde que fue despedida. 

Este fue el final de un largo periplo de 11 años (2001-2012) que ésta profesora tuvo que recorrer en defensa de sus derechos.

La historia tiene su raíz en la facultad que tienen los obispos de contratar a los profesores de religión en los colegios públicos. Esto no deja de ser un anacronismo derivado del Acuerdo Iglesia-Estado sobre Enseñanza y Asuntos culturales de 1979, que es sistemáticamente invocado por la jerarquía católica para mantener su poder e injerencia en la Escuela Pública. El resultado de tal despido, en términos económicos,  fue tener que abonar a la trabajadora mal despedida los once años de su nómina (42.372,98 Euros), a lo que hay que añadir los costes de contratación de otro docente durante esos mismos once años que duró el litigio. Pésimo negocio para un Estado que, a su vez, acepta el papel de pagano con el dinero de todos los contribuyentes.

Por si fuera poco, en un alarde de desfachatez el abogado del  Obispado de Almería, apelando a “la total independencia del Estado y de las confesiones religiosas” invocó el principio de laicidad en su intervención, afirmando que el obispo no está obligado a otorgar la autorización que “necesitaría” el Ministerio para proceder a la contratación de R.G.

¿Hasta cuándo va a durar ésta situación?  ¿Quién puede entender que el Estado se vea obligado a pagar a tantos profesores de religión a quienes sólo puede contratar otra entidad privada como es la Iglesia Católica y -a partir de ahora- también las autoridades del Islam?  ¿Seguirá pagando el Estado los despidos improcedentes de todos cuantos, amparados en la Constitución, no se sometan a los preceptos de una moral anclada en el medioevo? ¿Cómo vamos a esperar un Pacto de Estado por la Educación mientras sigan vigentes los  Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede?  ¡La transición a la democracia sigue siendo un fraude, también en materia educativa!

                            Madrid, Noviembre de 2017

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